
Se otorga para trasladar la hipoteca que el servidor policial, su cónyuge o conviviente, mantenga formando parte de la sociedad conyugal y se encuentre en garantía hipotecaria en una institución financiera del sector público, privado, seguridad social, o de economía popular y solidaria.
Características:
Monto: Hasta 100% del menor valor del avalúo, el cual será fijado por la Comisión de Inversiones.
Tasa de interés anual: 7,80%.
Plazo: Hasta 240 meses.
Requisitos:
- Formulario de Solicitud de Crédito (descargue aquí).
- Copia de cédula de ciudadanía a color.
- Copia de credencial policial actualizada, a color.
- Certificado de créditos en el ISSPOL.
- Último rol de pagos.
- Planilla de servicio básico de hasta 3 últimos meses de antigüedad a nombre del titular. En caso de arrendar o ser vivienda familiar, adjuntar copia de cédula del titular de la factura.
- De ser casado presentar copia de cédula y papeleta de votación del cónyuge.
- Inscripción de matrimonio.
- En caso de estar en unión de hecho, acta notarial de declaración de la unión de hecho e inscripción en el Registro Civil.
- Avalúo del inmueble realizado por un perito calificado por la Superintendencia de Bancos, además solicitar se incluya en el informe tres referencias de casas o terrenos del sector a modo de referencia comercial.
- Impuesto predial del año vigente.
- Certificado de gravámenes del Registro de la Propiedad original y actualizado.
- Copia de la escritura del bien a hipotecar.
- Certificado de posibles afectaciones que tuviere el bien inmueble otorgado por el Municipio.
- Certificado de avalúos y catastros otorgado por el Municipio.
- Para condominios, la declaratoria de propiedad horizontal.
- Certificado de hallarse libre de expensas o declaración juramentada de no poseer administrador.
- Certificado bancario donde conste el saldo de la deuda que mantienen en la Institución financiera que se va a trasladar la hipoteca.